Entró en vigor una reforma a la Ley General para el Control del Tabaco que prohíbe en México la fabricación, importación, distribución, comercialización y publicidad de vaporizadores y cigarrillos electrónicos. Las autoridades federales afirmaron que la nueva norma busca proteger la salud, especialmente de los jóvenes, ante el creciente consumo de estos dispositivos.
La reforma no criminaliza la posesión o consumo personal de cigarrillos electrónicos, pero establece penas de uno a ocho años de prisión y multas de hasta 2 000 veces la Unidad de Medida y Actualización para quienes los comercialicen, importen o distribuyan. Estas multas equivalen a aproximadamente 234 620 pesos mexicanos.
La Secretaría de Salud advirtió que muchos usuarios consideran estos productos una alternativa “menos dañina” al cigarro tradicional, pero subraya que su uso se asocia con enfermedades respiratorias y cardiovasculares. Además, señala que la variedad de sabores atrae a menores de edad y fomenta la adicción a la nicotina.
Organizaciones de defensa de consumidores y algunos comercios manifestaron su desacuerdo con la prohibición argumentando que fomenta el mercado negro. Aun así, las autoridades insistieron en que la medida se alinea con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y que los operativos para vigilar su cumplimiento iniciarán de inmediato.





